
La diputada Karina Isabel Martínez Montaño (Morena) plantea adicionar un párrafo octavo al artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con el objetivo de establecer que queda prohibido crear y utilizar perfiles automatizados, mediante el uso de inteligencia artificial (IA), para el despliegue de publicidad dirigida a la niñez y adolescencia en la que se imiten de manera engañosa el comportamiento infantil o adolescente a fin de incentivar o manipular el consumo.
La iniciativa expone que al no encontrarse tipificada esta modalidad de explotación algorítmica dentro de las prácticas comerciales abusivas, se genera un vacío normativo que desprotege a los menores, haciendo necesaria esta adición para prohibir expresamente la mimetización engañosa de la conducta infantil con fines de lucro.
Subraya que es indispensable dotar a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) de las herramientas normativas que le permitan desplegar una actividad fiscalizadora dinámica y adaptable a la velocidad de la evolución tecnológica.
Agrega que el texto vigente del artículo y la ley antes mencionado establece que la publicidad deber ser veraz, clara y exenta de descripciones que induzcan a error o confusión por ser engañosas o abusivas; sin embargo, estos estándares tradicionales fueron creados para un modelo de comunicación analógico, estático y unidireccional.
Asimismo, que la infancia interactúa con narrativas comerciales de forma desprotegida, haciendo indispensable que esta ley faculte a la Profeco para verificar la publicidad en función del contexto real de su difusión y las circunstancias especiales del mercado.
Refiere que la transformación digital y las asimetrías de mercado se han agudizado con la irrupción de la inteligencia artificial y la analítica predictiva de datos. Actualmente, los proveedores de bienes y servicios no limitan su actividad publicitaria a la difusión masiva y unilateral de anuncios, sino que despliegan dinámicas de perfilamiento automatizado que permiten segmentar e impactar de forma directa a niños, niñas y adolescentes.
Advierte que el riesgo para la niñez y adolescencia se maximizan cuando dichos sistemas automatizados son programados para imitar el comportamiento, el lenguaje, los códigos visuales y las dinámicas psicosociales propias de las etapas tempranas del desarrollo humano.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en su estudio sobre audiencias infantiles y consumo de publicidad demuestra que las niñas y niños en México se exponen de manera cotidiana a contenidos y bloques publicitarios insertos en la programación que no están dirigidas originalmente al público infantil, tales como telenovelas y dramatizados unitarios, los cuales registran picos de audiencia en menores, menciona.
La diputada Martínez Montaño puntualiza que al robustecer las atribuciones de la Procuraduría para evaluar el entorno tecnológico, los picos de audiencia incidental y las circunstancias especiales del mercado digital, el Estado mexicano contará con un mecanismo de defensa institucional ágil, oportuno y eficaz para salvaguardar la libre elección de consumo de las niñas, niños y adolescentes en los entornos de computación cognitiva.
Fue enviada a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad para dictamen y a la de Derechos de la Niñez y Adolescencia para opinión.
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