
La empresa multinacional Google deberá pagar una multa de 4 mil 125 millones de euros (4 mil 723 millones de dólares), impuesta por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), por abuso de posición dominante a través de su sistema operativo Android. Es la sanción más alta en la historia de la UE en un caso antimonopolio.
De acuerdo con un comunicado del TJUE, en su sentencia desestimó el recurso de casación interpuesto por Google y su empresa matriz Alphabet y confirmó que la empresa tecnológica impuso restricciones ilegales a los fabricantes de dispositivos Android para consolidar la posición dominante de su buscador, Google Search, y su navegador, Chrome.
La Corte de Luxemburgo cerró así a un caso de más de 10 años, ya que la Comisión Europea (CE) abrió la investigación correspondiente en 2015 y anunció la multa, entonces de 4 mil 343 millones de euros (4 mil 723 millones de dólares), tres años después.
En la vista previa a la resolución del caso, celebrada en enero de 2025, la CE tuvo el apoyo de la asociación europea de consumidores, las asociaciones alemanas de editores de periódicos y revistas BDVZ y VDZ, la organización Fair Search y los motores de búsqueda francés, Qwant, y checo, Seznam.
Por su parte, Google se vio arropada por varias entidades cuyos modelos de negocio en teoría saldrían perjudicados, como los fabricantes finlandés HMD y alemán Gigaset y el navegador de origen noruego Opera, además de por la Asociación de la Industria de la Computación y las Comunicaciones (CCIA, en inglés).
Condiciones ventajosas
La clave del caso residió en los llamados «acuerdos de distribución» entre la tecnológica estadounidense y fabricantes de dispositivos móviles, en virtud de los cuales los segundos debían preinstalar Google Search y Chrome para obtener una licencia de explotación de la tienda de aplicaciones Play Store.
Estas cláusulas tienen una relación estrecha con otros acuerdos «contra la fragmentación» que Google también incluía en los contratos y que condicionaban las licencias de Google Search y Play Store a que los fabricantes se abstuvieran de vender teléfonos equipados con versiones alternativas no autorizadas de Android.
La tercera parte del esquema eran los «acuerdos de reparto de ingresos», según los cuales los fabricantes renunciaban a preinstalar en sus dispositivos motores de búsqueda de la competencia a cambio de compartir una parte de los ingresos publicitarios de Google.
Ruth Porat, presidenta de Google, durante la firma de una orden ejecutiva sobre computación cuántica con el presidente Donald Trump, el 22 de junio de 2026, en Washington. Crédito: AP
Desde el verano de 2018, la Comisión Europea concluyó que estos acuerdos eran «abusivos» y, por tanto, ilegales, puesto que restringían la competencia dentro del mercado único y mermaban e incluso eliminaban la capacidad de otras empresas de competir contra Google.
El Tribunal General de la UE, el órgano de primera instancia, examinó un primer recurso de la multinacional y, aunque dio la razón a Bruselas sobre el fondo del asunto, redujo ligeramente la multa hasta los 4 mil 125 millones de euros tras anular los aspectos relacionados con el reparto de ingresos publicitarios.
Por su parte, en el fallo publicado este jueves el TJUE valida todos los argumentos de esa primera sentencia y señala, por ejemplo, que el Tribunal General apreció de forma correcta «los efectos contrarios a la competencia de las condiciones de preinstalación previstas en los acuerdos de Android».
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