HomeCámara de DiputadosHasta 2.3 millones de pesos de multa por llamadas comerciales no autorizadas

Hasta 2.3 millones de pesos de multa por llamadas comerciales no autorizadas

El Senado aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor que eleva las sanciones contra
Redacción
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El Senado aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor que eleva las sanciones contra empresas que realicen llamadas telefónicas o utilicen otros medios no autorizados para enviar publicidad de manera reiterada y persistente.

El dictamen, impulsado por la senadora Mayuli Latifa Martínez Simón, establece multas de 56 mil 570 pesos hasta 2 millones 345 mil 728.71 pesos para quienes incumplan las disposiciones del artículo 18 Bis de la legislación.

La reforma fue avalada con 96 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, y fue remitida a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo.

La modificación plantea reformar los artículos 18 Bis y 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con el propósito de reforzar el derecho de las personas consumidoras a decidir si desean recibir publicidad y establecer consecuencias económicas más elevadas cuando las empresas no respeten esa decisión.

De acuerdo con el dictamen, los proveedores que utilicen información de consumidores con fines mercadotécnicos o publicitarios no podrán realizar llamadas telefónicas ni utilizar otros medios no autorizados de manera reiterada y persistente con fines comerciales.

Uno de los cambios relevantes es que las empresas no podrán deslindarse de responsabilidad cuando contraten a terceros para realizar las llamadas. La reforma establece que los proveedores serán corresponsables del manejo de la información de los consumidores cuando la publicidad sea enviada mediante terceros.

El problema que busca atender

El Senado ha señalado que México se encuentra entre los países con mayor número de llamadas no deseadas. El dictamen refiere un promedio estimado de entre 20 y 25 llamadas spam por usuario al mes, con base en datos citados de la aplicación Truecaller.

Las comisiones legislativas sostienen que el problema no se limita a la molestia que generan las llamadas, sino que también puede representar una vulneración a la privacidad y aumentar la exposición de las personas a posibles intentos de fraude.

La legislación vigente ya contempla mecanismos para que los consumidores manifiesten su decisión de no recibir publicidad. La propia normativa reconoce el Registro Público de Consumidores, también denominado Registro Público para Evitar Publicidad, administrado por la Procuraduría Federal del Consumidor.

La reforma busca reforzar ese esquema mediante sanciones económicas de mayor cuantía.

Durante el debate, Mayuli Martínez sostuvo que la finalidad es que las personas no tengan que rechazar de manera reiterada llamadas comerciales para que su decisión sea respetada. La senadora señaló que la propuesta busca fortalecer la protección de la privacidad y evitar que las empresas se desentiendan cuando recurren a terceros para realizar las llamadas.

El Senado ya había aprobado en comisiones este incremento de multas en febrero de 2026. En aquella etapa, el dictamen establecía el mismo rango de sanciones y señalaba que las llamadas comerciales reiteradas y persistentes serían objeto de las nuevas medidas.

¿Qué cambiaría para los consumidores?

De concluir favorablemente el proceso legislativo y entrar en vigor, la reforma elevaría de manera importante el costo económico para los proveedores que realicen llamadas comerciales en contra de la voluntad expresada por los consumidores.

También establecería que la responsabilidad pueda alcanzar a las empresas que contraten servicios de terceros para efectuar campañas publicitarias, de manera que delegar las llamadas no implique deslindarse del manejo de los datos de los consumidores.

El decreto contempla que las modificaciones entren en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sin embargo, antes deberá continuar su trámite en la Cámara de Diputados y, en su caso, cumplir con las demás etapas constitucionales correspondientes.

Por ahora, el cambio aprobado por el Senado es un proyecto de reforma, no una disposición vigente.

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