Foto/IvyEl Senado aprobó reformas al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial que generaron un intenso debate entre las bancadas por su posible impacto en memes, contenidos digitales y expresiones de crítica política.
La reforma adiciona el artículo 403 Bis para sancionar el uso, reproducción, imitación o incorporación, a escala comercial, de elementos de identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales de instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno.
El delito se configura cuando estos elementos sean utilizados para inducir al error o engaño con la intención de cometer un ilícito, particularmente cuando se pretenda hacer pasar como oficial una comunicación, documento, plataforma, servicio, sistema informático o actuación atribuible a una institución pública.
La sanción prevista es de cuatro a diez años de prisión y, para el supuesto específico relacionado con el artículo 403 Bis, de mil a 10 mil UMA, equivalentes actualmente a entre 117 mil 310 y un millón 173 mil 100 pesos.
Uno de los puntos centrales del debate fue el posible impacto de la disposición en memes, caricaturas, parodias y otros contenidos satíricos que utilizan imágenes, logotipos o elementos visuales de instituciones gubernamentales.
El dictamen, sin embargo, establece condiciones para que se configure el delito: que la conducta se realice a escala comercial, que exista intención de inducir al error o engaño y que esté vinculada con la comisión de un ilícito. Por ello, el texto aprobado no establece una sanción automática por elaborar o difundir un meme.
Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral, sostuvo que la reforma busca combatir fraudes y suplantaciones, no sancionar la crítica, la sátira o la parodia política.
En el mismo sentido, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Primera, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, señaló que la crítica y el debate público forman parte de una democracia, pero distinguió esas expresiones de aquellas conductas que buscan hacerse pasar por una institución para engañar.
El senador Cuauhtémoc Ochoa también rechazó que se trate de una legislación dirigida contra los memes y afirmó que nadie será sancionado únicamente por elaborar este tipo de contenidos.
Las bancadas de Movimiento Ciudadano, PRI y PAN anunciaron su rechazo al dictamen y señalaron que algunos conceptos podrían generar riesgos para periodistas, caricaturistas, creadores de contenido y ciudadanos que utilizan imágenes oficiales con fines de crítica o sátira.
La vicecoordinadora de Movimiento Ciudadano, Alejandra Barrales, sostuvo que la reforma podría afectar la libertad de expresión en Internet y redes sociales.
Por su parte, el coordinador del PRI, Manuel Añorve, cuestionó que el texto no establezca exclusiones expresas para el periodismo, la parodia, la caricatura y la crítica política.
Desde el PAN, las senadoras María Guadalupe Murguía y María de Jesús Díaz coincidieron en que combatir la falsificación y el fraude es necesario, pero advirtieron que algunos conceptos del nuevo tipo penal podrían resultar amplios o imprecisos.
Murguía señaló que, aunque la nueva redacción del artículo 403 Bis no sanciona de manera expresa los memes, caricaturas o expresiones satíricas, a su consideración mantiene un margen de interpretación que podría alcanzar este tipo de contenidos.
Los legisladores que respaldaron el dictamen defendieron la actualización del marco jurídico ante las nuevas formas de distribución y explotación de contenidos en el entorno digital.
El presidente de la Comisión de Economía, Emmanuel Reyes, destacó que la reforma busca armonizar la legislación mexicana con compromisos internacionales, entre ellos el T-MEC y acuerdos administrados por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
Antonino Morales Toledo señaló que las modificaciones fortalecen la protección de artistas, artesanos, inventores y pequeños empresarios frente a la piratería y la falsificación.
El paquete también establece nuevas sanciones para la reproducción, distribución, venta y explotación no autorizada de obras, así como para la elusión de medidas tecnológicas de protección.
Entre las nuevas conductas se contempla la divulgación, publicación, comunicación o distribución no autorizada de obras, fonogramas, videogramas o libros antes de su lanzamiento oficial o primera puesta a disposición autorizada en México, con penas de cuatro a diez años de prisión y de dos mil a 20 mil días multa.
La reforma incorpora además el concepto de “escala comercial”, que podrá configurarse cuando exista un beneficio económico, una ventaja competitiva o un impacto significativo en la posición de mercado del titular de los derechos.
En materia de propiedad industrial también se endurecen disposiciones contra la falsificación de marcas y su comercialización, mientras determinadas conductas pasarían a perseguirse de oficio.
Con la aprobación del Senado, la minuta fue turnada a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo.
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